Requisitos del Ayuntamiento:
Se trata de expedir el documento administrativo (cédula de habitabilidad) que acredita que cualquier clase de vivienda cumple la normativa técnica sobre habitabilidad y es, por tanto, apta a efectos de su uso residencial o morada humana.
Este documento es necesario para toda contratación de servicios de suministro propios de la vivienda ( agua, luz, gas..), posterior a la inicial ocupación de la misma.
Puede solicitarla cualquier propietario, inquilino o persona autorizada a la ocupación de una vivienda.
Documentación necesaria:
- Fotocopia del D.N.I del solicitante o C.I.F., en su caso
- Fotocopia escritura de la vivienda, o en su defecto, fotocopia del contrato de compra-venta.
- Fotocopia del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), del período anterior a la fecha de solicitud.
- Fotocopia recibo de agua o luz del período anterior a la fecha de solicitud, o en su defecto, justificante de la compañía suministradora que acredite la contratación de dichos servicios
- Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa de habitabilidad, de acuerdo con las Ordenanzas Fiscales vigentes o (copia sellada de la solicitud de la exención en su caso).
- Si el solicitante es inquilino o autorizado deberá aportarse junto con todos los documentos arriba indicados, fotocopia del contrato de arrendamiento o autorización relativa a la ocupación de la citada vivienda.
- Certificación técnica expedida por técnico competente, que acredite el cumplimiento de la normativa de Habitabilidad y Diseño vigente y que no se trata de vivienda de nueva planta especificando la calificación del suelo en que la vivienda se ubica y su superficie útil.
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