sábado, 18 de enero de 2014

TASAS DE REGISTRO CERTIFICADO EFICIENCIA ENERGÉTICA VALENCIA

 
Entran en vigor las tasas de registro de certificado de eficiencia energética en Valencia. Desde DL ARQUITECTURA le informamos de los precios y procedimiento telemático para abonarlas.
 
Mediante Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en su artículo 197, se aprueba la tasa de registro de certificados de eficiencia energética de edificios. Estas tasas de registro se fijan en las siguientes cuantías.
  • Viviendas Unifamiliares / Viviendas Individuales: 10 €
  • Edificios de Viviendas: 20 € + 3 €/vivienda (con un máximo de 400 €)
  • Sector Terciario: 50 € + 0'10 €/m2 (con un máximo de 1.500 €). La superficie es la superficie de referencia utilizada en el cálculo de la calificación.
En breve comenzarán a aplicarse estas tasas en el registro de certificados. El pago de las mismas se realizará de manera telemática, a través de una pasarela de pago con la entidad bancaria, mediante tarjeta de crédito. El cobro de la tasa está integrado en el procedimiento de registro, y se realiza en el momento de la validación del registro por parte del gestor del mismo.
En los siguientes manuales se puede encontrar una descripción detallada del procedimiento de registro, tras la incorporación de las tasas:
 

lunes, 14 de octubre de 2013

 
DENUNCIA A EMPRESAS DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
 
 
El Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial (COGITI) ha denunciado, ante las correspondientes Consejerías de las Comunidades Autónomas, a cuatro empresas por cometer infracciones sancionables en materia de certificación energética de edificios.
 
En la denuncia presentada, se indica que las empresas aludidas ofrecen, a través de las páginas web o mediante publicidad insertada en los medios de comunicación escritos, la formulación de los certificados de eficiencia energética de edificios “a distancia” sin que el técnico visite presencialmente el inmueble; de forma que infringen la exigencia impuesta por el artículo 5.5 del Procedimiento Básico aprobado por el Real Decreto 235/2013, que claramente exige que “durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará las pruebas y comprobaciones necesarias, con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética con el edificio o con la parte del mismo.”
 
Según consta en la denuncia, ”lo que las correspondientes empresas o profesionales ofrecen es, pura y llanamente, que el cliente sea quien suministre a su libre antojo los datos o fotografías del edificio, o la parte del mismo que vaya a ser objeto de la certificación. Todo ello, por lo tanto, sin la más mínima garantía de la veracidad de los datos e imágenes aportados”.
 
 

domingo, 12 de mayo de 2013

REGISTRO DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA VALENCIA

Registro del certificado de eficiencia energética. Valencia

Ya tengo el certificado de eficiencia energética .....Y AHORA QUE?
 
El Real Decreto 235/2013 obliga a que los propietarios y promotores que quieran vender o alquilar viviendas dispongan del certificado energético, debe de adjuntarse a él laetiqueta energética.
 
PROCESO COMPLETO DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VALENCIA.
Proceso de obtencion y registro del certificado energetico y la etiqueta energetica.
Una vez el profesional haya hecho el certificado de eficiencia energética, le toca al propietario acudir al organismo competente en materia de eficiencia energética y registrar el certificado.
 
El procedimiento de registro puede variar según el organismo,una vez registrado el certificado de eficiencia energética, el procedimiento normal es que el organismo autonómico aplique un control documental sobre todos los certificados energéticos comprobando que la información sea la requerida por el Real Decreto. Si este control está bien, la oficina emitirá la correspondiente etiqueta energética
 
Como obligación establecida en el Real Decreto, el mismo organismo autonómico, realizará inspecciones sobre una selección estadística de los certificados de eficiencia enegética registrados, para comprobar que los propietarios y/o promotores cumplen con la obligación de disponer de certificado energético.
 
PIDENOS PRESUPUESTO:

 PRECIO CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA VALENCIA

PRECIO CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA PROVICIA VALENCIA

PRECIO CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA


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domingo, 5 de mayo de 2013

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA VALENCIA EXPRESS

Os informamos que TCVenergy empresa colaboradora dedicada a la realización de certificados de eficiencia energética en Valencia, así como en poblaciones del área como Torrente, Silla, Albal, Quart, Paiporta, Picanya, Alacuas, Catarroja, etc..., ha lanzado el certificado de eficiencia energética express para Valencia.

Además, entre sus servicios TCVenergy ofrece estudios GRATUITOS de facturas eléctricas para ofrecer a sus clientes las claves y acciones que debe realizar para obtener ahorros en sus facturas entre un 15 y un 30%.

Más información en TCVenergy
http://certificaeficienciaenergeticavalencia.blogspot.com.es/2013/05/certificado-de-eficiencia-energetica.html

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CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VALENCIA

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PROVINCIA VALENCIA

domingo, 14 de abril de 2013

APROBADO EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Valencia

CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA ALQUILAR O COMPRAR VIVIENDA EXISTENTE

Dando cumplimiento a la normativa comunitaria, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 5 de Abril de 2013, el Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.

La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

 
El Despacho de Arquitectura en Valencia, se encuentra en disposición de realizar certificados de eficiencia energética en valencia en un plazo mínimo de tiempo. Los trabajos para la realización de este certificado de eficiencia energética consisten en:
- Visita a la vivienda, local o edificio objeto de realizar el certificado de eficiencia energética.
- Toma de datos sobre la envolvente térmica del edificio, orientación e instalaciones.
- Procesamiento y cálculo de la calificación energética de la vivienda mediante los programas informáticos de referencia.
- Emisión del Certificado de eficiencia energética o también llamado Certificado de Calificación energética.
- Propuestas de mejora en cuanto a la eficiencia energética aplicadas a la envolvente térmica del edificio o instalaciones existentes para mejorar la Calificación energética calculada en el Certificado de eficiencia energética.
 
 
Este Estudio de Arquitectura, además de realizar Certificados de eficiencia energética en Valencia, realiza certificados de eficiencia energética en todas su área metropolitana, Torrente, Gandía, Xirivella, Alaquas, Quart, Manises, Aldaia, Silla, Alcacer, Picassent, Rocafort, Godella, Burjassot, Lliria, La Pobla, etc.., en toda la provincia de Valencia, incluso en provincias de Alicante y Castellón, con un plazo de entrega más amplio.
 
 
Programas informáticos del IDAE

Como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el IDAE ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados como Documentos Reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.
Para la realización del Certificado de Eficiencia energética en Valencia puede contactar:

Obligaciones para las Administraciones Públicas

Igualmente, y como actuación ejemplarizante de las Administraciones Públicas, el Real Decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética.

Así, el complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética C

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martes, 5 de marzo de 2013

NOVEDADES DEL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

De la lectura de las nuevas definiciones y articulado del borrador del RD de certificado de eficiencia energética, desde Nuestro estudio de arquitectura en Valencia, consideramos que los puntos de mayor relevancia son los que a continuación detallamos:

1. El certificado de eficiencia energética parece que va a ser obligatorio a partir del 1 de Junio de 2013 y no para abril como se comentaba en recientes fechas.

2. El técnico competente para la emisión de los certificados de eficiencia energética, deberá de ser un técnico que pueda redactar proyectos de obras o realizar direcciones de la ejecucución de obras de edificios, es decir Arquitectos y Arquitectos Técnicos, además de los ingenieros que puedan realizar instalaciones térmicas.

Puede pedir presupuesto de su certificado de eficiencia energética al estudio DL ARQUITECTURA VALENCIA en el siguiente enlace:

Despacho de arquitectura en valencia

miércoles, 13 de febrero de 2013

ORDEN 1/2013 REGULA EL REGISTRO DE SEDES FESTERAS TRADICIONALES

La Conselleria de Gobernación ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la orden para regular el registro de sedes festeras y tradicionales y los modelos de carteles identificativos para clasificar la actividad que se desarrolla en el local como (tipo A) administrativos, de actividades propias de la fiesta (tipo B), o locales de libre concurrencia (tipo C).

Con esta nueva orden, quedarán regulados tanto los casales falleros como cualquier local dedicado a otras festividades distintas de las fallas.

Entendemos de la lectura de la Orden 1 /2013 de la conselleria de Gobernación y Justicia que la clasificación A, B y C debe de traducirse en un registro que realizarán los ayuntamientos y que de esta clasificación ya especificada en el Decreto 28/2011 y que comportará las siguientes actuaciones:

Locales tipo A: aquellos donde se efectúen únicamente funciones o actividades de gestión y administración. No necesitarían solicitar al ayuntamiento ningún tipo de licencia de actividad al ser una sede de una asociación con función únicamente administrativa.

Locales tipo B: aquellos en los que además de la labor administrativa, se realizan actividades propias de la fiesta sin ser de pública concurrencia. Necesitarían una licencia de actividad llamada comunicación ambiental que en Valencia es una comunicación previa, debiendo de solicitar a un técnico competente la redacción de una memoria técnica.

Locales tipo C: aquellos en los que se van a realizar actividades de diversa índole y que serán objeto de libre concurrencia. Estos locales deberán de solicitar la correspondiente licencia ambiental sujeta a la ley de espectáculos públicos 52/2010, que implica además la realización de un estudio acústico y plan de emergencia.

Para cualquiera de las licencias de actividad anteriormente descritas, tanto comunicaciones ambientales como licencias ambientales, le puede realizar toda la documentación y tramitación el despacho de arquitectura ubicado en Valencia DL ARQUITECTURA.

En cuanto al registro de los locales la Orden establece las siguientes disposiciones:

- La solicitud de inscripción en el registro será realizada por el interesado y dirigida al ayuntamiento correspondiente según modelo que figura en el anexo I de la Orden.
- El interesado mediante una declaración responsable, declara que la actividad que se va a desarrollar en el local, es efectivamente para la cual se están registrando bajo su responsabilidad.

Inscripción de la sede festera tradicional:

1. Una vez recibida la solicitud, el Ayuntamiento procederá a la inscripción de los datos referentes a la sede festera tradicional en el fichero creado por la Generalitat.

2. La inscripción de la sede festera en el Registro contendrá, los siguientes datos:

a) Denominación de la entidad titular o responsable de la sede festera tradicional. CIF.

b) Denominación de la sede festera tradicional.

c) Domicilio de la sede festera tradicional.

d) Tipología de la sede festera tradicional.

e) Dirección postal a efectos de notificaciones. Teléfono. Correo electrónico.

f) Carácter permanente o temporal de la sede festera tradicional.

g) En su caso, clausura temporal de la sede festera tradicional por adopción de una medida de policía o de una medida provisional.

3. La inscripción en el Registro tendrá carácter declarativo.


La orden también establece las dimensiones, características, lengua y materiales con los que debe de realizarse el cartel informativo de la tipología del local, suyo gasto deberá ser sufragado por la entidad que desarrolla su actividad en dicho local.
 

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